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PROCESO DE SELECCIÓN No. ADM-008-21 - SERVICIO DE IMPLEMENTACIÓN DE NÓMINA ELECTRÓNICA EN COTECMAR”

SERVICIO DE IMPLEMENTACIÓN DE NÓMINA ELECTRÓNICA EN COTECMAR”

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La Corporación de Ciencia y Tecnología para el Desarrollo de la Industria Naval, Marítima y Fluvial – COTECMAR, es una empresa dedicada al desarrollo de actividades científicas y tecnológicas en el campo naval, marítimo y fluvial; con énfasis en la prestación de servicios de construcción, reparación y mantenimiento de buques y artefactos navales; así como la prestación del servicio de diagnóstico, reparación, mantenimiento y montaje de motores diésel, transmisiones marinas, sistemas eléctricos, sistemas integrados de automatización y control y sistema de aire acondicionado y refrigeración.


La Corporación de Ciencia y Tecnología para el Desarrollo de la Industria Naval, Marítima y Fluvial - COTECMAR, está interesada en recibir ofertas para SERVICIO DE IMPLEMENTACIÓN DE NÓMINA ELECTRÓNICA EN COTECMAR de acuerdo con el Anexo 5, apéndices A y B, y adicionales 1-5 donde se encuentran las especificaciones requeridas por parte de la Corporación.


El modelo de nómina electrónica en Colombia es reglamentado por la resolución 000013 del 11 febrero 2021 emitido por la DIAN “Dirección de Impuestos y Adunas Nacionales”, mediante la cual se implementa y desarrolla dentro del sistema de facturación electrónica, la funcionalidad del documento soporte de pago correspondiente a la Nómina Electrónica, que operativamente tiene lugar a través de sistemas computacionales y/o soluciones informáticas permitiendo el cumplimiento de las características y condiciones en relación con la expedición, recibo, rechazo y conservación.”


Que el parágrafo 6 del artículo 616-1 del Estatuto Tributario, establece: “El sistema de facturación electrónica es aplicable a las operaciones de compra y venta de bienes y de servicios. Este sistema también es aplicable a otras operaciones tales como los pagos de nómina, las exportaciones, importaciones y los pagos a favor de no responsables del impuesto sobre las ventas -IVA”.

Que el parágrafo transitorio 2 del artículo 616-1 del Estatuto Tributario establece “La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN establecerá el calendario y los sujetos obligados a facturar que deben iniciar la implementación de la factura electrónica durante el año 2020, así como los requisitos técnicos de la factura electrónica para su aplicación específica en los casos de venta de bienes y servicios, pago de nómina, entre otras”.

Estado: Asignado