Pasar al contenido principal

Participa

Este lugar está diseñado para brindar información y mecanismos de participación en temas de interés general a la ciudadanía en general.

En Cotecmar contamos con los siguientes canales de atención y participación:

Participa - Sugerencia: Manifestación de una idea o propuesta para mejorar el servicio o la gestión de la Institución.

Consulta: Solicitud que hace una persona natural o jurídica, pública o privada relacionada con los temas a cargo de la misma y dentro del marco de su competencia, cuya respuesta es un concepto que no es de obligatorio cumplimiento o ejecución.

Denuncias: Puesta en conocimiento ante una autoridad competente de una conducta posiblemente irregular, para que se adelante la correspondiente investigación penal, disciplinaria, fiscal, administrativa – sancionatoria o ético profesional. (PQRS).

Solicitudes anónimas: Es entendible que algunas personas no se sienten cómodas revelando su información de contacto, por cualquiera que sea su motivo tenemos abierto este canal disponible

Solicitudes anónimas: Es entendible que algunas personas no se sienten cómodas revelando su información de contacto, por cualquiera que sea su motivo tenemos abierto este canal disponible

Secciones del menú participa:

Diagnóstico e Identificación de Problemas

Es del caso resaltar lo establecido en el documento “Lineamientos para publicar información en el Menú Participa sobre participación ciudadana en la gestión pública” del Departamento Administrativo de la Función Pública”: “Es preciso anotar que no todos los contenidos propuestos en cada sección del Menú Participa son de carácter obligatorio para la entidad implementadora, es decir, será opcional la puesta en marcha de algunos de estos. Sucede, por ejemplo, con algunas empresas industriales y comerciales del Estado o sociedades de economía mixta, en esos casos, porque tienen algunas excepciones que, por el desarrollo de actividades comerciales en competencia con el sector privado, se rigen por las disposiciones legales y reglamentarias aplicables a sus actividades económicas y comerciales para garantizar el derecho ciudadano a participar o vigilar los recursos de origen público o el cumplimiento de funciones públicas.”

Dada la naturaleza jurídica de Cotecmar: (i) no está dentro de sus funciones expedir, sancionar o revisar normas, generar políticas públicas para generar soluciones a problemáticas identificadas y (ii) el desarrollo de actividades comerciales se encuentra en competencia con el sector privado y de conformidad con lo señalado en los artículos 74 y 77 de la Ley 1474 de 2011 las sociedades de economía mixta están exentas de publicar la información relacionada con sus proyectos de inversión.

Planeación y Presupuesto Participativo

La Ley 1757 de 2015 dispone las entidades que deben realizar el ejercicio del proceso del presupuesto participativo: “ARTÍCULO 90. Definición. El proceso del presupuesto participativo es un mecanismo de asignación equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado-Sociedad Civil.

Para ello, los gobiernos regionales y gobiernos locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación en la programación de sus presupuestos, así como en la vigilancia y fiscalización de la gestión de los recursos públicos. (…) ARTÍCULO 100. De los presupuestos participativos. Los gobiernos de los entes territoriales previstos en la Constitución y la ley podrán realizar ejercicios de presupuesto participativo, en los que se defina de manera participativa la orientación de un porcentaje de los ingresos municipales que las autoridades correspondientes definirán autónomamente, en consonancia con los objetivos y metas del Plan de Desarrollo.”

Según lo dispuesto en la citada Ley, Cotecmar, no está en la obligación de contar con un presupuesto participativo, razón por la cual no le aplica la presente sección.

Consulta Ciudadana

Según lo establecido en la matriz ITA de la Procuraduría General de la Nación esta sección tiene como propósito: “conocer las opiniones, sugerencias o propuestas, comentarios y aportes de los usuarios, ciudadanos y grupos de interés con respecto a los proyectos, normas, políticas, programas o trámites adelantados por la entidad antes de la formulación de los mismos o la toma de decisiones.”

Al respecto, se precisa que, dada la naturaleza jurídica de Cotecmar, no está dentro de sus funciones expedir, sancionar o revisar normas, generar políticas públicas y no presta trámites a la ciudadanía.

Colaboración e Innovación

Según lo establecido en la matriz ITA de la Procuraduría General de la Nación esta sección tiene como propósito: “conocer las opiniones, sugerencias o propuestas, comentarios y aportes de los usuarios, ciudadanos y grupos de interés con respecto a los proyectos, normas, políticas, programas o trámites adelantados por la entidad antes de la formulación de los mismos o la toma de decisiones.”

Al respecto, se precisa que, dada la naturaleza jurídica de Cotecmar, no está dentro de sus funciones expedir, sancionar o revisar normas, generar políticas públicas y no presta trámites a la ciudadanía.

Dada la naturaleza jurídica de Cotecmar: (i) no está dentro de sus funciones expedir, sancionar o revisar normas, generar políticas públicas para generar soluciones a problemáticas identificadas y (ii) el desarrollo de actividades comerciales se encuentra en competencia con el sector privado y de conformidad con lo señalado en los artículos 74 y 77 de la Ley 1474 de 2011 las sociedades de economía mixta están exentas de publicar la información relacionada con sus proyectos de inversión.

Control Social

Es del caso resaltar lo establecido en el documento “Lineamientos para publicar información en el Menú Participa sobre participación ciudadana en la gestión pública” del Departamento Administrativo de la Función Pública”: “Es preciso anotar que no todos los contenidos propuestos en cada sección del Menú Participa son de carácter obligatorio para la entidad implementadora, es decir, será opcional la puesta en marcha de algunos de estos. Sucede, por ejemplo, con algunas empresas industriales y comerciales del Estado o sociedades de economía mixta, en esos casos, porque tienen algunas excepciones que, por el desarrollo de actividades comerciales en competencia con el sector privado, se rigen por las disposiciones legales y reglamentarias aplicables a sus actividades económicas y comerciales para garantizar el derecho ciudadano a participar o vigilar los recursos de origen público o el cumplimiento de funciones públicas.”

Dada la naturaleza jurídica de Cotecmar: (i) no está dentro de sus funciones expedir, sancionar o revisar normas, generar políticas públicas para generar soluciones a problemáticas identificadas y (ii) el desarrollo de actividades comerciales se encuentra en competencia con el sector privado y de conformidad con lo señalado en los artículos 74 y 77 de la Ley 1474 de 2011 las sociedades de economía mixta están exentas de publicar la información relacionada con sus proyectos de inversión.

Rendición de Cuentas

De conformidad con el parágrafo del artículo 50 de la Ley 1757 de 2015 las sociedades de economía mixta, como es el caso de Cotecmar no están obligadas a llevar a cabo la rendición de cuentas ante la ciudadanía, tal y como se transcribe a continuación: “PARÁGRAFO. Las entidades y organismos de la Administración Pública tendrán que rendir cuentas en forma permanente a la ciudadanía, en los términos y condiciones previstos en el Artículo 78 de la Ley 1474 de 2011. Se exceptúan las empresas industriales y comerciales del Estado y las Sociedades de Economía Mixta que desarrollen actividades comerciales en competencia con el sector privado, nacional o internacional o en mercados regulados, caso en el cual se regirán por las disposiciones legales y reglamentarias aplicables a sus actividades económicas y comerciales”

SERVICIO AL CLIENTE

Si prefieres llamarnos o recibir asesoría por parte de nuestro equipo de servicio al cliente, contáctanos por alguno de los siguientes canales:

Líneas de atención

(605) 6439491 Ext. 1851 y Ext. 1206

Correo electrónico

servicioalcliente@cotecmar.com
info@cotecmar.com

Dirección

Cartagena-Colombia
-Zona Industrial Mamonal Km 9
-Carrera 2da Base Naval A.R.C. Bolívar

Horario de atención

Lunes a viernes de 07:30 am a 04:00 pm

Informe de Gestión PQRs

Ahora Puedes descargar el último informe de gestión de PQR.

DESCARGA INFORME

COTECMAR se permite informar al público que el correo electrónico notificacionesjudiciales@cotecmar.com es exclusivo para la recepción de notificaciones judiciales conforme lo ordenado por los artículos 197 y 199 de la Ley 1437 de 2011 -Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

 

Línea de transparencia

018005184812